A partir del próximo 3 de noviembre de 2026 entrará en vigor el Acuerdo número 09/09/26 emitido por la Secretaría de Educación Pública del gobierno federal (SEP) para garantizar los derechos de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en la interacción, uso responsable y seguro de los dispositivos digitales personales, así como de tecnologías de aprendizaje en las escuelas públicas y particulares del sistema educativo nacional que limita de manera drástica el uso de teléfonos celulares, relojes inteligentes y otros dispositivos electrónicos personales en los planteles escolares de México.
El Acuerdo publicado este 22 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación, prohíbe el uso de estos aparatos durante toda la jornada escolar -incluidos los descansos y recesos- en los niveles de preescolar, primaria y secundaria. Solo se permitirán excepciones muy puntuales: cuando el profesor lo solicite con un objetivo pedagógico planeado, en situaciones de emergencia personal o por requerimientos de salud e inclusión.
La norma pondera el interés superior de la niñez (artículo 4o. constitucional) frente al derecho al libre desarrollo de la personalidad y el acceso a las tecnologías de la información y comunicación. La restricción en educación básica superó la prueba de idoneidad y necesidad, fundamentada en evidencia de salud mental y rendimiento académico expuesta por organismos como la UNESCO y especialistas en la materia.
Este Acuerdo responde a los hallazgos de una consulta realizada a más de medio millón de docentes en el país. El diagnóstico realizado entre la comunidad magisterial informa que cerca del 80% de los profesores detectó serias dificultades en sus alumnos para mantener la atención y recordar información básica, aunado a un incremento en casos de ciberacoso, toma de fotos no consentidas y distracciones provocadas por redes sociales y retos virales.
El titular de la SEP, Mario Delgado, comentó que la iniciativa no busca castigar, sino proteger la salud mental, el desarrollo cognitivo y la convivencia directa entre los estudiantes. La estrategia se complementa con tres decálogos dirigidos a la educación básica, media superior y superior.
El instrumento respeta la concurrencia entre la federación y los estados otorgando 180 días naturales a las entidades para su armonización normativa, pero claramente salvaguarda la autonomía universitaria en el nivel Superior.
Cabe hacer mención que la Ley de Educación del Estado de México fue adicionada el 20 de mayo del año en curso con un Artículo 61 Bis que establece principios casi idénticos -aplicables a la educación básica- al contenido del cuadro explicativo aparejado al artículo 3 del Acuerdo de la SEP, que señala el establecimiento algunas medidas operativas: el espacio de resguardo en el aula, uso limitado por tiempos y espacios, sin y con uso programado de los teléfonos celulares, dispositivos inteligentes y electrónicos personales.
Para el nivel de bachillerato, la norma establece que cada comunidad escolar deberá realizar asambleas para pactar sus propias reglas, entre las que se contempla guardar los teléfonos en casilleros al entrar o limitar su presencia a zonas específicas del plantel. En la educación superior, se apostará por la autorregulación y la conciencia crítica universitaria.
El contenido sustancial del Acuerdo al momento de su entrada en vigor generará entre directivos y maestros el reto de mediar ahora con padres de familia acostumbrados al contacto inmediato con sus hijos, mientras que en las aulas se anticipan semanas de desintoxicación digital para los alumnos. Sin embargo, el consenso entre la comunidad pedagógica es claro: era urgente devolverle la prioridad al aprendizaje y a la convivencia en el mundo real.














