Tribunal deja sin efectos amparos contra Hoy No Circula

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19 de abril 2016.- El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito resolvió dos recursos de queja y dejó sin efecto las respectivas suspensiones provisionales que había concedido un juez contra el Programa del Hoy No Circula y Verificación Vehicular Obligatoria.

En este sentido, el Tribunal Colegiado determinó que dicha solicitud de suspensión provisional de amparo otorgada por un juez de Distrito, a favor de dos particulares, ya no tendrá efectos y ambos solicitantes de la protección de la justicia federal deberán acatarse al programa y a la verificación.

En un comunicado, el Consejo de la Judicatura Federal dio a conocer que también se resolvieron dos recursos de queja interpuestos por diversas autoridades responsables del Gobierno de la Ciudad de México a fin de negar un amparo contra dicho programa.

La queja de las autoridades es respecto a la suspensión provisional otorgada por un Juzgado de Distrito de la Ciudad de México contra los programas Hoy No Circula, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 19 de junio de 2014, así como del de Verificación Vehicular Obligatoria.

Dicha suspensión provisional buscaba que los solicitantes, un notario de nombre Victoriano José Gutiérrez Valdés y un profesor universitario de nombre José Leonel Andrade Alarcón, fueran beneficiados tanto para el segundo semestre de 2015 y el primer semestre de 2016, y sus autos circularan con las calcomanías cero (0) y doble cero (00).

El tribunal negó la medida precautoria por considerar que no se satisface el requisito previsto en el Artículo 128, fracción II, de la Ley de Amparo, toda vez que de concederla se contravendrían disposiciones de orden público.

Esto significa, que causarían perjuicios al interés social, como son daños al medio ambiente y al equilibrio ecológico, y en consecuencia a la salud de las personas.

Además, los ordenamientos reclamados tienen el propósito de conservar y proteger el medio ambiente y mejorar la calidad del aire, y reducir los impactos negativos sobre la salud pública protegida por el Artículo 4 de la Constitución.

Finalmente, resolvió dichos recursos de queja en las sesiones públicas del pasado viernes 15 y de este lunes 18 de abril, por lo que dejarlo sin efecto, no significa que haya negado la suspensión, pues la solicitud de los quejosos sigue en trámite hasta que se resuelva el amparo.

Notimex


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