Exhiben abuso de autoridad en Valle de Bravo; clausuran crepería y se llevan a empleada detenida a pesar de tener permisos en regla

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La clausura de una crepería en el centro de Valle de Bravo derivó en una denuncia pública por presunto abuso de autoridad, luego de que la propietaria del establecimiento denunció que una de sus trabajadoras fue trasladada al Ministerio Público durante el operativo realizado para suspender las actividades del negocio.

Los hechos ocurrieron el 26 de agosto de 2026 y fueron documentados mediante una transmisión en vivo difundida por la propia comerciante, de nombre Idannia, quien cuestionó el despliegue de elementos de seguridad utilizado para ejecutar una diligencia relacionada con la situación administrativa de su establecimiento.

La acusación alcanza al gobierno municipal encabezado por la alcaldesa Michelle Núñez Ponce, a quien la comerciante responsabilizó públicamente de lo que calificó como un abuso de autoridad. La identidad y el cargo de la presidenta municipal están acreditados en documentación oficial del Ayuntamiento de Valle de Bravo.

El conflicto surgió por la licencia de funcionamiento

De acuerdo con el relato de Jasso, el establecimiento fue cerrado debido a que la licencia de funcionamiento todavía no había sido expedida, aunque sostuvo que el procedimiento de regularización se encontraba en curso y que había cubierto los pagos correspondientes, además de haber presentado documentación y atendido requerimientos municipales.

La versión de la comerciante coincide con una parte del marco establecido en el Bando Municipal de Valle de Bravo 2026, que señala que las actividades comerciales requieren autorización, permiso o licencia municipal de funcionamiento y que su expedición depende del cumplimiento de determinados requisitos y dictámenes.

El mismo ordenamiento establece, sin embargo, que una vez iniciado el trámite para obtener o refrendar una licencia de funcionamiento, este debe concluirse en un plazo máximo de dos meses.

El Bando exige identificación y oficio de comisión

Uno de los señalamientos centrales formulados durante la transmisión fue que los servidores públicos que acudieron al establecimiento presuntamente no mostraron un oficio de comisión que acreditara la diligencia ni una identificación que cumpliera con los requisitos correspondientes.

Este aspecto resulta particularmente relevante porque el Artículo 108 del Bando Municipal de Valle de Bravo establece expresamente que las personas encargadas de realizar funciones de inspección, notificación o ejecución deben acreditar su personalidad mediante una credencial con fotografía y presentar el oficio de comisión firmado por la autoridad competente. El propio ordenamiento señala que estos elementos dan legalidad a los actos realizados por dichos servidores públicos.

La comerciante aseguró contar con cédulas de notificación, comprobantes de pago y documentación relacionada con el proceso de regularización. También afirmó que previamente se había realizado una inspección de Protección Civil y que había recibido un plazo para completar determinados requisitos.

Una trabajadora fue trasladada al Ministerio Público

El episodio que provocó mayor cuestionamiento fue el traslado de una de las trabajadoras de la crepería al Ministerio Público.

En la grabación se observa y escucha a la propietaria cuestionar a los agentes sobre las razones por las cuales la empleada era conducida a las instalaciones ministeriales. La mujer argumentó que la trabajadora no era la responsable del establecimiento y que únicamente se encontraba laborando en el negocio.

A pesar de ella, la joven es trasladada sometida por agentes fuertemente armados, como se tratara de una peligrosa delincuente.

Durante el intercambio, los elementos le informaron que a la empleada le serían leídos sus derechos. La comerciante insistió en que quería acompañarla y pidió conocer el motivo concreto por el que había sido trasladada.

La propietaria acusa un operativo desproporcionado

Jasso sostuvo que al lugar acudieron varios servidores públicos y elementos de seguridad para ejecutar la clausura, situación que consideró excesiva frente a la naturaleza del conflicto.

También denunció que, durante el procedimiento, intentó acompañar a su empleada y que los agentes se lo impidieron inicialmente. Según su versión, posteriormente acudió al Ministerio Público para conocer la situación de la trabajadora y documentar lo ocurrido.

La transmisión muestra a la comerciante reclamando que los funcionarios presentes explicaran quién había ordenado el procedimiento y cuál era el fundamento jurídico de la actuación. También cuestionó la ausencia, en ese momento, de personal jurídico que pudiera responder a sus preguntas.

Estos señalamientos deberán ser confrontados con las actas, oficios, identificaciones, órdenes de inspección y demás documentos que hayan sustentado la actuación de las autoridades.


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