Desaparece de la jurisdicción el término ‘persona no localizada’

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*La LX Legislatura aprobó por unanimidad, la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares para el Estado de México, que entre otras atribuciones, tiene el objetivo de que toda la fuerza del Estado se vuelque en la búsqueda de las personas, hasta saber con precisión su paradero.

Francisco Javier López/Apocaliptic.com
Fotos Darío Rocha Priego/Apocaliptic

Toluca, Edomex, 12 de diciembre de 2091.- Todavía con el dolor a flor de piel, mujeres que tuvieron la desgracia de ser madres de jóvenes secuestradas y asesinadas; en otros casos a pesar de sumar dos o más años desaparecidas y todavía no saben nada de ellas, clamaron “¡Porque vivas se las llevaron, vivas las queremos!”.

Con las fotografía de sus hijas victimizadas, en las manos, decenas de ellas, expectantes con sus miradas tristes y voz resignada, aguardaban el momento en que el dictamen que crea la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares para el Estado de México, fue aprobado, tras la lectura emotiva de la proponente Karina Labastida Sotelo, diputada de Morena.

Lo anterior se registró durante la sesión plenaria de este jueves, en donde la legisladora, al subir a tribuna, detalló que derivada de esta nueva ley, aprobada por unanimidad, serán creados el Fondo Estatal de Desaparición, el Consejo Estatal Ciudadano y el Mecanismo Estatal de Coordinación en Materia de Investigación y Búsqueda de Personas, además se elimina el término “persona no localizada”.

Al respecto, explicó que el término de ‘persona no localizada’, pese a que la Ley General aún lo contempla, tiene el objetivo de que toda la fuerza del Estado se vuelque en la búsqueda de las personas, ya que mantener el concepto de ‘persona desparecida y no localizada’ dejaba un recoveco para que las autoridades no investigaran, con el argumento de que desapareció de manera voluntaria.

Entre los puntos destacados de esta nueva ley destacan: La coordinación entre el Estado y sus municipios para en la búsqueda de Personas Desaparecidas, hasta esclarecer los hechos, así como para la prevención, investigación, sanción y erradicación de delitos en materia de Desaparición forzada de personas.

Además está obligado el Estado, a garantizar la participación de los familiares en el diseño, implementación, monitoreo, y evaluación de las acciones de búsqueda e identificación de Personas Desaparecidas.


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