La Ley Silla en vigor en el Estado de México, con multas de hasta 280 mil pesos

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El 17 de junio pasado entró en vigor la Ley Silla, cuyo objetivo principal es garantizar el derecho al descanso de los trabajadores durante su jornada laboral, informó Omar Mañón Juárez, director de Inspecciones de la Secretaría del Trabajo en el Estado de México.

De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación, los empleadores están obligados a proporcionar asientos con respaldo suficientes para que los trabajadores puedan sentarse y descansar durante su jornada. Además, deberán incluir en sus reglamentos internos los periodos de descanso obligatorios y colocar los asientos en áreas específicas dentro de las instalaciones.

La legislación prohíbe obligar a los trabajadores a permanecer de pie durante toda la jornada o impedirles sentarse de manera periódica. Las sanciones por incumplirla van desde 250 hasta 2,500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, entre 28,285 y 282,850 pesos. En caso de reincidencia, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) podrá ordenar la suspensión temporal de labores en el centro de trabajo.

Al respecto, el expresidente de la Canaco, Marco Antonio González Castillo, señaló que todas las empresas que apliquen la Ley Silla deberán registrarla ante la Secretaría del Trabajo, presentando evidencias de cómo funcionará. Añadió que los asientos deberán ser ergonómicos, no únicamente una silla o banco con respaldo.

González Castillo consideró que es necesario realizar un análisis para determinar cómo podrían descansar trabajadores como meseros, cocineros y empleados de mostrador, cuyas actividades requieren movilidad constante.

Los empleadores tienen hasta el 14 de diciembre de 2025 para adecuar sus reglamentos internos y normativas a fin de cumplir con la Ley Silla.






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