*Los diputados de la LX Legislatura, buscan impedir erogaciones innecesarias ante el notario, a quienes escrituran un inmueble.
Francisco Javier López/Apocaliptic
Toluca, Edomex, 06 de mayo de 2020.- A partir de esta fecha, basta con la sentencia emitida por el juez, para escriturar de inmediato ante ante el Instituto de la Función Registral en el Estado de México (IFREM), evitando el fuerte gasto ante el notario, a quienes tramitan su título de propiedad, así lo aprobó la LX Legislatura local, desde el pasado 12 de marzo, pero hoy entró en vigor la medida.
Planteada originalmente por la diputada de Morena, Violeta Nova Gómez, el pleno legislativo, acordó en aquella ocasión reformar el artículo 3.29 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México, para proteger la economía de los ciudadanos que tramitan su escrituración, al no verse obligados a recurrir a una notaría, la cual impone altos cobros por ello.
Lo anterior se encuentra establecido en el decreto número 148, publicado este miércoles en el Periódico Oficial Gaceta de Gobierno.
Con su entrada en vigor de dicha reforma, las resoluciones ejecutorias que declaren procedentes las informaciones se inscribirán en el IFREM, una vez acreditado ante el juez el pago de las contribuciones correspondientes señaladas en la legislación vigente.
Cabe señalar que la información de dominio tiene lugar cuando una persona ha poseído un inmueble por el tiempo y condiciones exigidas para prescribirlo y no cuenta con título de propiedad o no es inscribible, debiendo el promovente demostrar ante el juez la posesión del inmueble.
En este sentido, una vez comprobada la posesión, el poseedor se convierte en propietario, como lo declara el Juez a través de la sentencia correspondiente, la cual es un documento público con pleno valor que hace innecesaria su protocolización ante Notario.













