CONSULENDI… El Divorcio ¿Necesario? de Josefa. Senado y Notariado, Cuestión de Competencias

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EL DIVORCIO ¿NECESARIO? DE JOSEFA

Bueno, y si la señora Doña María Josefa Crescencia Ortíz Téllez-Girón estaba plenamente orgullosa de su esposo y del apellido Domínguez que ella ostentaba por matrimonio religioso (con plena validez y reconocimiento jurídico en esa época) contraído con Miguel Ramón Sebastián Domínguez Alemán: ¿por qué, con qué autoridad o derecho se lo eliminaron? ¿infiere, 215 años después, con toda certeza y validez histórica que ella, Josefa, se sentía como una “res” (“rei”: cosa, en latín) propiedad del corregidor, o que tenía expresos, manifiestos y públicamente conscientes conflictos respecto a su rol, género o de una indignante condición de desigualdad?

Al contrario, hasta antes de julio de 1859, el matrimonio religioso implicaba derechos patrimoniales, legitimidad de los hijos y por el mero uso de la proposición “de” se adquiría una connotación de reconocimiento social y de real integración familiar -por cierto, integración que en algunos casos ha pasado a un ulterior lugar dentro de la institución de la familia- diferencial de las llamadas familias reconstituidas.

Hasta antes de 1859, se podía hablar exclusivamente de la “anulación” del matrimonio religioso, por tres causales: falta de consentimiento libre, existencia de un parentesco cercano o de votos religiosos previos y que la contrayente hubiera sido forzada o engañada para casarse. La historia no registra que el matrimonio Domínguez Ortiz se haya celebrado incurriendo en alguna de ellas.

Si bien la vida de Miguel Domínguez estuvo sujeta a los dilemas del poder, la Corregidora actuó con libre albedrío, inclusive “empoderada” en el episodio independentista de 1810.  Si Guadalupe Contreras Ramos -Lupita D’Alessio, pues- hubiera vivido en esa época, la canción de su autoría “Mudanzas”, habría sido el himno perfecto de Josefa Ortíz, principalmente en las líneas: “sacar a luz mi coraje/entregarme a lo que creo/y ser siempre yo sin miedo”, “volar libre con todos mis defectos/para poder rescatar mis derechos” e “irreverente y revolucionaria/sumisa por condición, más independiente por opinión”.

Pues bien, 215 años después, Josefa Ortíz quedó “divorciada” de quien, con dignidad y sin acordeones de por medio, fue Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sin embargo, como escribió y cantó Alberto Aguilera Valadez ¿pero qué necesidad? O en todo caso: ¡¡qué necedad!!

SENADO Y NOTARIADO, CUESTIÓN DE COMPETENCIAS

Hace unos días, una senadora del grupo parlamentario que ha socavado desde 2018 a las instituciones y al país, Nora Ruvalcaba Gámez, presentó una iniciativa de reforma para que en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente en los artículos 73 y 115, se regule la actuación de los notarios públicos en las entidades federativas. Como producto de sus “descubrimientos” pretende “aportar” que desde la ley máxima del país se regulen los honorarios que cobren los notarios. Por lo menos, en el Edomex, este tema se regula por medio del arancel notarial que se actualiza y publica cada año. En materia de nombramientos de fedatarios, en el Edomex estos se otorgan después de que los aspirantes han acreditado un examen de oposición y cubierto requisitos previos como cursos o maestrías. En cuanto su propuesta de supervisión de la actuación notarial, en el Estado lo lleva a cabo la Consejería Jurídica concomitante con el Colegio de Notarios del Estado de México. Lo verdaderamente novedoso al respecto es que se pretende expedir, en un futuro, una Ley General de la Función Notarial. Lo que se sigue omitiendo, inclusive en territorio mexiquense, es la implementación de un régimen de seguridad social para los empleados de las notarías (como lo hay en España) y por qué no, también para los fedatarios. La pregunta es ¿la senadora tendrá nociones someras acerca de la función y la institución del notariado en las diversas entidades, y, particularmente en el Estado de Mexico?

PULL DE AMISTADES

Desde estas líneas envío una felicitación a mi compañero y amigo Carlos Torres Mota por haber obtenido, el pasado jueves 18 de septiembre el grado de Doctor en Desarrollo Curricular, por el Centro Educativo UNIPEM de la ciudad de Morelia Michoacán, con la tesis “Curso: estrategias de alfabetización temprana para niños en educación preescolar”, defendida ante el sínodo integrado por la Dra. Rosa Martha Esquivel Ibarra, como presidenta; la Dra. Sonia Hernández Gutiérrez, secretaría y como vocal, la Dra. Ma. Leticia Serna González, y haber sido aprobado por unanimidad de votos con mención honorifica. ¡Enhorabuena y felicitaciones al Doctor Torres Mota!

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