El Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE) es un registro público que deben realizar las empresas que prestan servicios especializados o realizan obras especializadas a través de terceros, sostuvo Javier Eli Domínguez Hernández, especialista fiscal.
En la sesión de Consejo de Canaco, explicó que la prestación o contratación de servicios especializados sin la inscripción al Repse puede equivaler a una sanción de entre 217,140 y 5.4 millones de pesos tanto para la empresa que lo ofrece como para quien la contrata.
En presencia de Fernando Reyes Muñoz presidente de Canaco, Domínguez Hernández, dejó en claro que para poder obtener el Respe, las empresas deben presentar constancia fiscal, carta de cero adeudos ante el SAT, IMSS e Infonavit, de lo contrario no pueden obtener está certificación.
De la misma forma, puso como ejemplo que empresas especializadas en limpieza, mantenimiento y seguridad deben contar con el REPSE, y una empresa que preste el mismo servicio no puede subcontratar a otra empresa que se dedique a lo mismo.
Finalmente, dijo que el REPSE existe dede el 2012 y se ha venido modificando de forma constante; su vigencia actual es de tres años.