Las Comisiones de Procuración y Administración de Justicia y de Igualdad de Género de la LXII Legislatura del Estado de México aprobaron un dictamen que propone incrementar de manera considerable las penas por delitos sexuales. El documento plantea que el abuso sexual pueda castigarse hasta con 20 años de prisión en casos agravados y el hostigamiento sexual hasta con nueve años. De aprobarse por el pleno, ambos delitos se perseguirían de oficio.
Iniciativa impulsada por el Ejecutivo estatal
El dictamen deriva de una iniciativa presentada por la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, cuyo objetivo es fortalecer la protección integral a las víctimas. Durante la sesión, la legisladora Brenda Colette Miranda Vargas expuso que la propuesta busca garantizar la reparación del daño y una interpretación de los delitos que incorpore los contextos de vulnerabilidad de la persona afectada.
El documento precisa que se considera abuso sexual cualquier acto de naturaleza sexual realizado sin consentimiento, en espacios públicos o privados, sin intención de llegar a la cópula. También se configura cuando la víctima es obligada a presenciar o ejecutar actos sexuales sobre sí misma, sobre otra persona o sobre el agresor, así como cuando se le obliga a exhibir su cuerpo.
Las sanciones previstas son de hasta siete años de prisión y multas de hasta 500 veces el valor diario de la UMA. El dictamen establece que no existe consentimiento cuando la voluntad de la víctima es anulada por violencia, intimidación, engaño, amenaza o abuso de confianza, autoridad o vulnerabilidad, y precisa que ni el silencio ni la falta de resistencia constituyen consentimiento.
Medidas complementarias y reparación integral
El dictamen plantea que las personas sentenciadas participen en talleres reeducativos con enfoque de no violencia, requisito indispensable para acceder a beneficios procesales como la suspensión condicional. También se prevé la reparación integral del daño, que incluye atención psicológica especializada hasta la recuperación completa de la víctima.
Cuando el abuso sexual se cometa contra personas menores de edad o incapaces de resistir, la pena podría llegar a 15 años. En circunstancias como violencia física o psicológica, participación de dos o más agresores o comisión del delito en lugares solitarios o de difícil acceso, la sanción podría aumentar hasta una tercera parte, alcanzando los 20 años.
Las penas también se incrementan cuando existe una relación de confianza o subordinación entre agresor y víctima —como parentesco, relación educativa, laboral, médica o religiosa— y en esos casos el responsable perdería tutela, guarda, custodia o patria potestad, según corresponda.
Sanciones para servidores públicos, profesionistas y ministros de culto
El dictamen contempla inhabilitación y destitución para servidores públicos que cometan el delito aprovechando su cargo. En el caso de profesionistas o ministros de culto, también se prevé la inhabilitación para ejercer. Además, se consideran agravantes cuando la víctima se encuentra bajo efectos de sustancias, en embarazo o puerperio, o en situación de indefensión.
El hostigamiento sexual se define como cualquier conducta de naturaleza sexual no consentida, dirigida a una persona subordinada y realizada aprovechando una posición jerárquica. El dictamen propone sanciones de dos a seis años de prisión o multas de 100 a 800 veces la UMA.
Si la persona agresora es servidora pública, se prevé destitución e inhabilitación; si pertenece a instituciones educativas, la pena se incrementa a la mitad y la inhabilitación podría ser de uno a diez años. Cuando la conducta sea reiterada o se realice aprovechando circunstancias que generen desventaja o riesgo, la pena aumentaría en una mitad.
El dictamen también establece sanciones para servidores públicos de instituciones policiales o de procuración y administración de justicia que se nieguen a recibir denuncias o intenten disuadir a la víctima. Las penas previstas incluyen hasta seis años de prisión, multas de hasta 500 veces la UMA y destitución.














