Comunidad otomí de San Francisco Magú gana amparo en la Corte; alcaldía de Nicolás Romero debe realizar consulta indígena

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El Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero (CDHZL), celebró una resolución del Poder Judicial de la Federación (PJF) que ampara a la comunidad otomí de San Francisco Magú, en el municipio de Nicolás Romero, Estado de México, frente a la imposición de un plan de desarrollo urbano sin la debida consulta indígena.

Amparo en defensa de San Francisco Magú

El caso, identificado como Amparo 501/2023-V, surgió a raíz de una demanda presentada por la Delegación y Consejo de Participación Ciudadana del Comité del Agua y la Vida Todos del Pueblo Indígena Otomí de San Francisco Magú, junto con la Comisión de Defensa del mismo grupo. Los representantes denunciaron que el Ayuntamiento de Nicolás Romero aprobó un nuevo Plan de Desarrollo Urbano sin cumplir con los estándares de consulta previa, libre e informada establecidos en la legislación mexicana e internacional.

La jueza federal Karla Luisa Sánchez Luna, del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de México, dictó la resolución el 12 de noviembre de 2024. En su fallo, ordenó la realización de una nueva consulta ciudadana y comunitaria, con información completa, accesible y culturalmente pertinente. Además, instruyó que el proceso se realice con buena fe, garantizando la participación efectiva de la población otomí en las decisiones que afectan su territorio, sus recursos hídricos y su modo de vida.

Un precedente en la jurisprudencia mexicana

El CDHZL, que acompañó el litigio, destacó que esta sentencia representa un avance significativo en la jurisprudencia nacional. La organización destacó que el fallo corrige irregularidades en el procedimiento municipal y fortalece los mecanismos de control democrático en el desarrollo urbano.

La resolución, agregó el centro, marca un precedente que podría servir de modelo para otros municipios del Estado de México y del país, al promover prácticas de inclusión y respeto a los derechos colectivos de los pueblos originarios.

Llamado a las autoridades municipales

En su comunicado, el CDHZL hizo un llamado directo a la presidenta municipal de Nicolás Romero, Yoselin Mendoza Narváez (@yosemendozanr), para que implemente de inmediato la resolución judicial. La organización enfatizó la urgencia de suspender cualquier acción derivada del plan de desarrollo urbano impugnado hasta que se realice la consulta ordenada.

Asimismo, exhortó a los gobiernos locales y estatales a reconocer y respetar los derechos indígenas, destacando que esta resolución abre “una nueva era de respeto y reconocimiento” en la relación entre el Estado y los pueblos originarios.

El caso se inscribe en un contexto de tensiones entre el desarrollo urbano y los derechos territoriales indígenas en México. A pesar de avances legales como la reforma constitucional de 2001 y la ratificación del Convenio 169 de la OIT, organizaciones como el CDHZL señalan que persisten brechas entre la norma y su aplicación práctica.

En San Francisco Magú, los habitantes han manifestado su preocupación por el posible impacto de los proyectos urbanos en sus fuentes de agua y prácticas tradicionales, aspectos que el amparo busca proteger mediante un proceso participativo genuino.








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