Necesario poner coto a los ingresos en ayuntamientos

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*La diputación Permanente de la LX Legislatura local, conoció el reporte del Consejo Consultivo de Valoración Salarial, relacionado con los sueldos de alcaldes, regidores y funcionarios de primer nivel de las administraciones municipales. Se pide que sea un máximo 140 mil pesos, sumando los descuentos, para quedar por debajo de los 108 mil netos, mensuales.

Francisco Javier López/Apocaliptic.com

Toluca, Edomex, 27 de febrero de 2020.- Para la determinación de remuneraciones de los servidores públicos municipales, el Consejo Consultivo de Valoración Salarial, tomó como base el censo poblacional, monto presupuestal disponible, costo promedio de vida en el municipio, grado de marginalidad municipal, productividad en la presentación de servicios públicos y eficiencia en la recaudación de ingresos, de acuerdo al Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Lo anterior se vertió durante la sesión de la Diputación Permanente, de la LX Legislatura local, en la cual se conoció el comunicado de las Recomendaciones sobre Remuneraciones para integrantes de ayuntamientos mexiquenses, con base al reglamento del Poder Legislativo, el cual establece que el Consejo emitirá las recomendaciones con las consideraciones que en él se señalan.

Respecto a este año, trascendió que el límite máximo de salario bruto para los municipios será de 140 mil pesos, pero los diputados esperan que todos los presidentes municipales mexiquenses perciban menos de los 108 mil pesos netos fijados por el presidente de la República.

Para la tasación de los emolumentos de los alcaldes, funcionarios de primer nivel y el cuerpo edilicio, se tomó como marco de referencia las disposiciones del Gobierno federal para el 2019 y 2020, en materia de remuneraciones para servidores públicos municipales, en este caso.

Al respecto, la diputada de Morena, Xóchitl Flores Jiménez, resaltó la importancia de poner un coto a los ingresos de las máximas autoridades de los ayuntamientos, porque si bien, en muchos de los casos son legales, no son moralmente válidos, ante la pobreza de sus respectivas demarcaciones.


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