Corte invalida ‘ley antisecuestro’ de Edomex

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Redacción. Apocaliptic.com

Toluca, México, 9 de agosto.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de seis artículos del Código Penal del Estado de México, relacionados con el delito de secuestro. Los argumentos de la resolución radican en que el Congreso local no tiene facultades para legislar en dicha materia debido a que son competencias del Congreso de la Unión.

Esto ocurree luego de que la Procuraduría General de la República (PGR), impusiera una acción de inconstitucionalidad respecto a los artículos 69, 58, 9, 259, 260 y 261 del Código Penal del Estado de México al considerar que vulneran el artículo 73 constitucional, fracción XXI, en el que se establecen las facultades del Congreso de la Unión, entre las que se encuentran expedir “las leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en las materias de secuestro, desaparición forzada de personas”.

En ese sentido, los artículos declarados inválidos por el máximo tribunal establecen cuestiones reguladas por la Ley General para Prevenir y Sancionar los delitos en Materia de Secuestro; por lo que, se reitera a norma y se contraviene lo que dice la ley genera de la materia detalló el ministro Javier Laynez.


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